04 de octubre de 2021 0 1199

Obligaciones Fiscales sobre Marketing de Afiliados

Este tipo de obligaciones son la gran desconocida del marketing de afiliación al comenzar a recibir beneficios. Sabemos los ingresos percibidos a través de la afiliación, la pregunta sería cómo hacerlo.

Para Hacienda el marketing de afiliados se trata de una modalidad de empresa absolutamente nueva y cuyos funcionarios apenas saben el funcionamiento y la forma de aplicar la normativa del IVA y del IRPF. 

Trámites para ser Afiliado

Las gestiones para hacerse afiliado y ajustarse a la normativa dependen de su propia situación inicial.

Así, en el caso de ser ya autónomo y la afiliación supone para ti alguna novedad, tendrás la obligación de informar a la Agencia Tributaria sobre tu alta dentro de un epígrafe nuevo del IAE que te permita ejercer esta actividad.

  • Alta en la Seguridad Social como autónomo con un coste mensual de 283,30€ mensuales a partir de enero del año 2021, a no ser que te puedas beneficiar de cualquier tipo de bonificación o con la tarifa plana sobre 60€.

  • Inscripción en Hacienda presentando el modelo de inscripción censal (modelo 036 o 037). Este trámite es gratis y lo puedes realizar de manera telemática, si cuentas con Cl@ve o con certificado digital, o de manera física en las delegaciones de la Agencia Tributaria mediante una cita previa.

Tras el alta, tendrás la obligación de realizar la correspondiente declaración del IVA y del IRPF de manera periódica.

  • Inscribirse en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) por si vas a operar con unas plataformas situadas en algún otro país de la Comunidad Europea.

Las Obligaciones Fiscales del Marketing de Afiliados

Serán iguales tus obligaciones a las de todo autónomo que realice una determinada actividad profesional o económica.

Tendrás que entregar trimestralmente las declaraciones propias que correspondan y posteriormente, de forma anual, los correspondientes resúmenes de información que Hacienda establece con carácter de obligatoriedad. 

  • Impreso 303 de Impuesto sobre el Valor Añadido trimestral.

  • El modelo 390 de declaración resumen anual del IVA.

  • Modelo 130 de liquidaciones fraccionadas de IRPF trimestrales.

  • Modelo 349 de información de operaciones intracomunitarias trimestral.

  •  Modelo 100 de declaración de la renta anual.

  • En caso de que cuentes con la participación de varios colaboradores o autónomos que te expidan facturas por servicios realizados, tendrás para practicar la correspondiente retención en las citadas facturas (7%-15%) y para ingresar dichas retenciones en Hacienda de manera trimestral, a través del modelo 111. Y presentar cada año un resumen de las citadas retenciones, señalando los prestadores del servicio, a través del modelo 190.

Razones para Realizar una Auditoría Fiscal en su Empresa

A continuación se exponen los supuestos más frecuentes que motivan la inspección fiscal de empresarios y autónomos:

  • Una deducción ilegal o excesiva de gastos

Tampoco consiste en no deducir la totalidad del gasto totalmente deducible.

  • Pedir la devolución del IVA

Es posible que Hacienda le solicite que envíe toda su cifra de negocios anual cuando haya solicitado la devolución del IVA de manera reiterada.

  • Falta de concordancia de datos sobre las declaraciones trimestrales y la anual

Al no coincidir los datos de los balances anuales y los balances intermedios declarados a través del año, saltan de inmediato las alarmas.

  • Casualmente

Muchas inspecciones son revisiones rutinarias y no vienen provocadas y motivadas por ninguna sospecha concreta.

Por otra parte, a menudo la fiscalización de empresas de un determinado segmento se efectúa con el fin de conocer un cierto modo de comportamiento específico de ese sector.

¿Bajo Qué Epígrafe Debería Darme de Alta en Marketing de Afiliados?

Hay que tener en consideración la posibilidad si nuestros servicios llegan más lejos y prestamos un servicio publicitario de la misma. En caso contrario, podríamos englobar los servicios en el apartado 999 de la sección primera, "Otros servicios n.c.o.p.".

¿Debemos Pagar el IVA o Retener el IVA en las Facturas Intracomunitarias?

Generalmente los programas de afiliación nos comunican su intención en realizar el ingreso, de modo que no podrán hacer retención de IRPF, tendremos para ello que abonar a través del modelo 130.

¿Qué Hay Qué Hacer Para Emitir una Factura Siendo un Afiliado en Algún Programa?

Nosotros deberemos expedir una factura a partir de un programa de facturación, y a ser posible, enviarlo a la empresa indicando el porqué NO se factura el IVA y si el CIF es intracomunitario que lo justifique.

Conclusión

Sólo depende de ti. En este sentido, a veces, recibir comisiones de afiliación solo en una ocasión, no tendría periodicidad. Otra muy distinta es percibir ingresos por este concepto de manera constante. La recomendación para este caso es darse de alta en autónomos y poder dormir tranquilamente durante la noche.

Sinceramente en este caso no merece la pena el riesgo, puesto que se han producido casos de multas, y todavía más hoy, al poder acogerse a la tasa rebajada de 60 €.

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